Este Comité, busca la coordinación institucional para el cumplimiento de la política transversal de igualdad, fortalecer la promoción de estrategias y programas con perspectiva de género, que promuevan y protejan los DDHH de las mujeres: consejera Gloria Esther Mendoza Ledesma.
Comunicado
En seguimiento a la implementación de la NOM 025/2015, el Consejo General el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó en sesión ordinaria, la creación e integración del Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación, que diseñará, implementará, vigilará y dará seguimiento a prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, así como prevención y atención a casos de hostigamiento y/o acoso sexual o laboral al interior de este organismo.
La consejera electoral Gloria Esther Mendoza Ledesma, Presidenta de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, apuntó que el objetivo de este Comité, busca la coordinación institucional para el cumplimiento de la política transversal de igualdad, además de fortalecer la promoción de estrategias y programas con perspectiva de género, que promuevan y protejan los derechos humanos de las mujeres, siendo una de las principales acciones el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación por parte de los centros suscriptores.
Mendoza Ledesma explicó que, en la norma referida, se instrumenta la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, con el fin de evaluar y certificar las prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, implementadas en los centros de trabajo, además de dar cumplimiento a la normatividad nacional e internacional en materia de igualdad y no discriminación laboral, previsión social, clima laboral adecuado, accesibilidad, ergonomía y libertad sindical.
Este Comité estará integrado por las personas titulares de: la Secretaría Ejecutiva, quien ostentará la Presidencia; mientras que la Secretaría Administrativa, la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso, la Unidad Técnica del Servicio Profesional Electoral Nacional, fungirán como integrantes; por su parte, la Unidad Técnica de Género y No Discriminación ocupará la Secretaría Técnica; y finalmente, el Comité designará a una persona integrante más que se desempeñará como Ombudsperson.
Cabe resaltar que, el Comité deberá formalizar su sesión de instalación, así como la expedición de la normativa para su funcionamiento dentro de los 30 días posteriores a la aprobación del acuerdo. En el mismo sentido, se aprobó la extinción del Comité para la atención y seguimiento de casos de hostigamiento y/o acoso sexual o laboral, así como el Protocolo y los Lineamientos respectivos.
Con estas acciones, el IEPC reitera su compromiso de garantizar espacios laborales libres de violencia, así como de igualdad y no discriminación al interior del mismo.