Se trata de Morena, Chiapas Unido y el Partido Verde Ecologista de Méxici
Redacción
En sesión extraordinaria virtual, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó las renuncias a un porcentaje del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes del ejercicio 2020, presentadas por los partidos políticos Morena, Chiapas Unido y Verde Ecologista de México, acreditados ante este organismo electoral. Estos recursos serán reintegrados a la Secretaria de Hacienda del Estado, la que será responsable de destinarlo al Sistema Público de Salud de la entidad, para hacer frente a la pandemia ocasionada por el Covid-19 (Coronavirus), como fue solicitado por los partidos políticos antes mencionados. Asimismo, se aprobó el procedimiento y los criterios a seguir en casos de posteriores renuncias de partidos políticos por esta causa.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 126 y 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos presupuestales que tengan un fin expresamente autorizado sólo pueden destinarse a ese fin, pero toda vez que el financiamiento, como parte de las prerrogativas que constitucionalmente se confieren a los partidos políticos forman parte del erario público, son renunciables.
El consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas, manifestó que no es competencia del IEPC, sino del Instituto Nacional Electoral (INE) fiscalizar los recursos de los partidos, pero este órgano local sí puede validar las solicitudes que se presenten para renunciar a una parte del financiamiento. “El recurso que reciben los partidos políticos debe ser aplicado exclusivamente para las actividades que la Ley les establece, por eso la ruta para su solicitud voluntaria, es la que definió el INE”.
La presidenta de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, consejera electoral María Magdalena Vila Domínguez, expresó que es de celebrar que el IEPC esté determinando la vía a seguir para las futuras solicitudes en caso de que alguna otra institución política así lo determine.
En su intervención, diversas representaciones de los partidos políticos reconocieron que no pueden hacer donaciones, ya que así lo establece la Ley, pero coincidieron en que, aunque no hay recurso que alcance para hacer frente a la pandemia, contribuirán de manera transparente con su parte para unirse a la lucha contra el Covid-19.
La renuncia a prerrogativas no elimina la obligación de los partidos políticos de destinar anualmente del financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, por lo menos el 2% para el desarrollo de actividades específicas de educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política, así como las tareas editoriales; por lo menos el 6% para actividades de formación y capacitación para desarrollo del liderazgo político de las mujeres; al menos el 3% para liderazgos juveniles; y al menos 2% para la generación de estudios e investigación de temas del estado de Chiapas. Es decir, deben cumplir con estas actividades aun cuando hubieren renunciado a una parte de su financiamiento público ordinario sobre el monto fijado por el IEPC, tomando como base el financiamiento a que tienen derecho y no el que va a recibir producto de la renuncia respectiva.
El partido Morena renunció al 50% de su recurso público, del periodo que comprende de mayo a diciembre de 2020, correspondiente a 17 millones 352 mil 028.01 pesos. Mientras que el partido Chiapas Unido renunció a su financiamiento del periodo de mayo a septiembre, correspondiente a 1 millón 179 mil 842.7 pesos y el Partido Verde Ecologista de México renunció a sus recursos del periodo que va de mayo a julio, correspondientes a 2 millones 767 mil 872.51 pesos.
Cabe recordar que la renuncia a esos recursos puede aplicarse exclusivamente a las ministraciones mensuales que aún no hayan sido depositadas en las cuentas partidistas correspondientes.
El IEPC recordó que una vez que se reintegren a la Secretaría de Hacienda del estado de Chiapas las prerrogativas a las que renuncie un partido político local, este Órgano Electoral no dispone de ninguna atribución para dar seguimiento al destino de dichos recursos.
Durante la misma sesión, el Consejo General aprobó el Acuerdo que autoriza la celebración a través de herramientas tecnológicas, de sesiones virtuales y/o a distancia, ordinarias o extraordinarias, del Consejo General, de la Junta General Ejecutiva, de las Comisiones y de los Comités del IEPC, durante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19 (Coronavirus), únicamente para tratar asuntos que por su relevancia, importancia y urgencia deban ser resueltos y no puedan esperar a que culmine la contingencia.
Una vez concluido el periodo de emergencia, las medidas adoptadas para la realización de sesiones virtuales, quedarán sin efecto legal, restableciéndose las labores en la forma que tradicionalmente se realizan. No obstante, dicho periodo podrá modificarse o extenderse manteniendo la vigencia de las medidas señaladas, atendiendo las circunstancias y recomendaciones de la autoridad sanitaria y/o las determinaciones del Consejero Presidente del Instituto.