De no acatar la sentencia, el presidente municipal en turno podrá ser removido de su cargo
Lennyn Flores/El Estado
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas (El Estado). – El ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez está obligado a realizar las obras necesarias, para que, durante la temporada de lluvias, la infraestructura que se opera en la calle 4ª oriente sur de la colonia Fovisste El Puente III, funcione adecuadamente, señala la sentencia emitida por el Juzgado Sétimo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el estado de Chiapas.
En caso de que el fallo no sea respetado por las autoridades capitalinas, el Ministerio Público Federal podrá actuar en consecuencia y en última instancia, se puede hasta remover del cargo al presidente municipal en turno.
Cabe mencionar que, ante la falta de aplicación de recursos para la ejecución de obras de captación, conducción y evacuación pluvial, los habitantes de dicha colonia, a través del despacho jurídico CI Abogados, promovieron un amparo (404/2021) debido a la omisión con la que actuó el gobierno municipal durante el año 2021, en ese entonces a cargo de la presidenta municipal interina, Karla Burguete Torrestiana, ante la necesidad de contar con obras pluviales en buen estado.
De esta manera, el juzgado federal concedió el amparo y protección a los litigantes y a los colonos para que el gobierno de la ciudad, ahora a cargo de Carlos Morales Vázquez, no incurra en la repetición del acto reclamado, por las violaciones constitucionales que motivaron la concesión del amparo.
Entre las quejas presentadas por los demandantes, resaltan la omisión de las autoridades responsables de garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar; omisión de las autoridades responsables de gestionar los recursos correspondientes para la construcción del dren pluvial que beneficia a la calle 4a Sur Oriente de la Colonia Fovissste el puente III, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; y, La omisión de la contratación, estudio y proyecto ejecutivo para el diseño de la obra de captación, conducción y evacuación de los escurrimientos pluviales de la cuenca del arroyo Terán para garantizar con su construcción un medio ambiente sano.
Además de señalar como responsables a las autoridades municipales, el despacho jurídico, amplió la demanda de amparo para señalar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Comisión Nacional del Agua (Conagua), a través de la Gerencia de Agua Potable Drenaje y Saneamiento; y al director de Proyectos de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Unidad de Inversiones de la Subsecretaría de Egresos, por la omisión de erogar los recursos para el proyecto de las obras para la captación, conducción y evacuación de los escurrimientos pluviales de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, registro 57871. La omisión de validar el proyecto ejecutivo para la captación, conducción y evacuación de aguas de la cuenca del arroyo Terán.
Posteriormente, Manuel Alejandro Cruz Islas, CEO Fundador de la firma CI, y el abogado Juan Manuel Sánchez Guerrero, nuevamente ampliaron la demanda de amparo contra el Congreso de la Unión y el Senado de la Republica, debido a que, en el ámbito de su competencia, ambas cámaras actuaron con omisión al no aprobar el proyecto 57871, de las obras para la captación, la conducción y evacuación de los escurrimientos pluviales de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez.
De esta manera, mediante la vía legal, ciudadanos capitalinos, lograron que el gobierno municipal ponga en marcha las obras correspondiente para no volver a ser víctimas de las consecuencias provocadas por las obras mal ejecutadas durante la temporada de lluvias.